Fideicomiso de Garantía
Se ha usado como sustitutivo de la hipoteca. En un contrato de Mutuo, se garantiza la devolución del préstamo con una finca y para evitar el juicio hipotecario, la finca se entrega en fideicomiso a un banco. En este caso suele hablarse de que se traslada el dominio de la finca al banco fiduciario para que si el fideicomitente (deudor) no paga, el banco procede a la venta de la finca y haga el pago al fideicomisario (acreedor). En realidad no hay traslado de dominio, puesto que la finca no entra en el patrimonio del fiduciario, sino se atribuye a éste el poder jurídico de enajenar la cosa en los términos y condiciones que en el acto constitutivo del fideicomiso se establezcan. Este tipo de fideicomiso se ha extendido a otros tipos de crédito, no solo a los hipotecarios y se ha prestado a verdaderos despojos.(Cervantes Ahumada)
Fuente:
- www.wikipedia.org
- http://www.formacompany.es/data/fideicomisos.html